Ya tengo el carnet A: ¿es obligatorio deslimitar mi moto?

La mayoría de conductores que tienen el carnet A2 tienen como objetivo acceder posteriormente al permiso A. Si en el período en el que has tenido el A2 tu moto estaba limitada, al obtener tu nuevo carnet es posible que te surjan varias dudas sobre los cambios que ya puede experimentar tu moto.

¿Es obligatorio deslimitar mi moto?

Primero, se debe tener en cuenta que una vez transcurridos los dos años mínimos exigidos para poder acceder al siguiente carnet, se debe hacer un curso de formación en una autoescuela para obtener el permiso A. Muchos conductores confunden los dos años de experiencia del A2 con la obtención automática del carnet A, como sucedía con el antiguo permiso A.

En el caso de haber superado dicho curso, ya tendrás el carnet A y podrás deslimitarla legalmente, puesto que no tienes la obligación de conducir una moto con una potencia máxima de 35 kW.

De todas formas, una vez que tengas el carnet A no es obligatorio deslimitar tu moto; si quieres seguir con el limitador, por supuesto que puedes. Hay gente que no lo desinstala porque se siente más seguro ya que la moto tiene demasiada potencia, o porque prefiere usarla una temporada más con esas características para después de cierto tiempo venderla y que sea también una opción para los conductores del A2.

Entonces, ¿qué tengo que hacer para desinstalar el limitador?

Es obligatorio acudir a un taller de motos autorizado para que desinstale el kit y emita el Certificado de Taller, y después llevar la moto a la ITV para legalizar la situación. Puedes leer más información sobre este asunto en nuestro post sobre cómo desinstalar un limitador.

Precintos antimanipulación en una moto Euro 4.

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¿Y no puedo quitar la limitación yo mismo?

No. Al igual que la instalación del kit, la deslimitación debe llevarla a cabo un taller de motos autorizado, como hemos comentado en la anterior pregunta. Por lo que, aunque seas un experto en mecánica no puedes desinstalarlo tú.

Pero, ¿tengo que pasar la ITV aunque  ya tenga el carnet A?

Sí decides quitar tu limitador de la moto sí, debes pasar la ITV; no basta únicamente con el certificado de taller. Los datos reflejados en la ficha técnica se deben corresponder con los que realmente tenga la moto, tengas el carnet que tengas.

¿Qué puede pasar si se desinstala el limitador sin hacer la deslimitación en la ITV?

En ese caso, los datos de potencia de la documentación no se corresponden con la potencia real de la moto. Tal discrepancia puede suponer al menos una infracción administrativa susceptible de sanción.

¿Y no es una ventaja una moto limitada sólo en papeles?

No, todo lo contrario. Tener una moto limitada sólo en papeles supone una infracción administrativa bastante grave que puede conllevar también multas económicas, retirada de puntos y, en caso más graves, sanciones con penas de cárcel. Es, al fin y al cabo, una irregularidad, puesto que no se conduce una moto permitida por el carnet A2 y, porque además, en la ficha técnica se refleja una información que no es la real.

En definitiva, es tu decisión deslimitar tu moto una vez tienes el carnet A, porque ninguna ley ni normativa obliga a ello (al contrario que con el permiso A2, que sí obliga a limitarla a un máximo de 35 kW), pero si lo haces debe ser de la forma correcta y legal: deslimitándola en un taller de motos (los únicos autorizados a ello), y pasando posteriormente la ITV para que este cambio se refleje en la documentación del vehículo.

Llevar niños en moto: normativa y precauciones

Piénsalo durante unos segundos: ¿sabrías decir si está permitido llevar a un niño como pasajero en una moto? Si es así, ¿a partir de qué edad? ¿En todo tipo de motos? ¿Se han de cumplir otros requisitos? ¿Cuáles?

Quizá no sepas la respuesta a ninguna de estas preguntas o no estés muy seguro de qué condiciones se han de cumplir. Por eso, si te planteas usar tu moto como medio de transporte para llevar a tu hijo, por ejemplo, a diario al colegio, debes tener en cuenta varios aspectos muy importantes, no sólo para evitar multas o problemas con el seguro, sino por la seguridad y educación vial del pequeño.

El artículo 12 del Reglamento General de Circulación, que se encuentra incluido en la Ley de Tráfico, establece lo siguiente:

“2. En los ciclomotores y en las motocicletas, además del conductor y, en su caso, del ocupante del sidecar de éstas, puede viajar, siempre que así conste en su licencia o permiso de circulación, un pasajero que sea mayor de 12 años, utilice casco de protección y cumpla las siguientes condiciones:

  1. a) Que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.
  2. b) Que utilice el asiento correspondiente detrás del conductor. En ningún caso podrá situarse el pasajero en lugar intermedio entre la persona que conduce y el manillar de dirección del ciclomotor o motocicleta.
  3. Excepcionalmente, los mayores de siete años podrán circular en motocicletas o ciclomotores conducidos por su padre, madre o tutor o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre que utilicen casco homologado y se cumplan las prescripciones del apartado anterior (artículo 11.5 del texto articulado).”

 Así, se han de tener en cuenta varios aspectos que desglosamos a continuación:

La edad

En primer lugar debes tener clara la edad mínima permitida. En este aspecto, el Reglamento General de Circulación es muy conciso: el niño debe tener 12 años o más. Eso sí, se establece una excepción: los niños de a partir de 7 años también podrán ir de pasajeros en la moto si quién conduce es su padre, madre, tutor o una persona mayor de edad autorizada por ellos.

niñomoto

La homologación de la moto

Para llevar a un adulto como pasajero la motocicleta debe estar homologada para ello, y lo mismo ocurre en el caso de los niños. Se puede comprobar si la moto cumple dicho requisito en el propio permiso de circulación, en el apartado S.1. que indica el número de plazas con asiento. Si aparece el número 2, entonces dicha moto está homologada para llevar un pasajero, mientras que el número 1 permite que únicamente vaya el conductor.

La posición del niño

El menor debe ir siempre a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales, sin excepción. Además, ha de ir siempre situado detrás del conductor y nunca entre el mismo y el manillar, ya que puede limitar los movimientos y ser más peligroso en caso de accidente.

Elementos de seguridad

Por supuesto, no puede faltar un casco homologado y de la talla adecuada. Además, es recomendable llevar chaqueta y guantes, para evitar heridas en caso de accidente. Existen también asientos especiales para niños, que comercializan algunas marcas.

Por último, no debes olvidar tampoco tu seguro de moto; es recomendable que incluya cobertura para los acompañantes. Debes, además, practicar una conducción segura y respetuosa, ya que influirá en el comportamiento vial futuro del niño.

¿Cuántos tipos de carnet de moto existen?

En la actualidad existen 4 tipos de carnet diferentes que permiten conducir distintos tipos de motos o ciclomotores, cada uno de ellos con sus propias particularidades. Se trata de un sistema de acceso progresivo a la moto en el que la experiencia juega un papel fundamental, evitando así que un conductor pueda usar una moto de gran cilindrada o gran potencia nada más adquirir su primer carnet.

Autoescuela

A continuación, te explicamos los distintos tipos de permisos y sus peculiaridades:

  • CARNET AM

El anteriormente denominado como licencia de ciclomotor y que con el nuevo reglamento pasó a llamarse Permiso de conducir AM. Permite conducir vehículos de hasta 50 cc de cilindrada. Otro cambio que trajo consigo esta normativa fue el cambio en la edad mínima permitida: de 14 a 15 años. Además, sólo se podrá llevar pasajero si el conductor tiene más de 18 años y ha homologado el ciclomotor para ello.

Para obtener este carnet, se debe realizar un examen teórico de 20 preguntas (se permiten como máximo 2 fallos) y un examen práctico en un circuito cerrado.

  • CARNET A1

Permite conducir motocicletas de una potencia máxima de 11 kW y de 125cc cuya relación potencia/peso no supere el 0,1 kW/kg. Autoriza además a llevar triciclos de motor de hasta 15 kW de potencia. La edad mínima permitida son los 16 años.

Para obtenerlo, se debe superar un examen teórico de 30 preguntas y un examen práctico dividido en dos fases: la primera, a realizar en un circuito cerrado, y la segunda, a realizar en la vía pública durante aproximadamente 25 minutos.

  • CARNET B

Se trata del carnet que autoriza a conducir coches, pero su obtención implica también (con un mínimo de 3 años desde su fecha de expedición) la autorización para conducir motos de hasta 125 cc y triciclos de motor de hasta 15 kW. Es decir, puedes conducir el mismo tipo de motos que las que autoriza el carnet A1.

  • CARNET A2

 Autoriza a conducir motos de hasta 35 kW (sin superar el doble de su potencia, es decir, 70 kW de serie) y con una relación potencia/peso que no supere los 0,2  kW/kg, y triciclos de hasta 15 kW. La edad mínima son los 18 años.

Para obtenerlo, se ha de realizar el mismo examen teórico que para el carnet B de coche y un examen teórico específico, aunque quienes que ya los hayan obtenido previamente no necesitarán repetir la prueba. Después, se ha de realizar un examen práctico en un circuito cerrado y otro en la vía pública.

Si quieres leer más información sobre el permiso A2, y una explicación detallada de la normativa al respecto, visita nuestro post “Conducir motos con el carnet A2: Qué debes saber.”

  • CARNET A

Este carnet autoriza a conducir cualquier tipo de moto sin ninguna limitación de potencia. Es obligatorio estar en posesión del carnet A2 un mínimo de 2 años, siendo así la edad mínima los 20 años. También autoriza a conducir triciclos de motor de 15 kW hasta los 21 años y, a partir de esa edad, de más de 15 kW.

Para su obtención, se debe realizar un curso de formación de 9 horas de duración, que consta de una parte teórica y una parte práctica en circuito cerrado y en vía pública.