Krystall Rally: sólo para los moteros más valientes

Principios de Febrero, Noruega. Temperaturas que rondan los -25 grados centígrados y carreteras y calles llenas de nieve. Una situación climatológica que, a primera vista, podría no ser la más adecuada para conducir una moto o hacer largos viajes. Sin embargo, estas duras condiciones no detienen a cientos de moteros que, cada año, se reúnen en el país nórdico para celebrar una nueva edición del Krystall Rally. Sin duda, una de las concentraciones moteras de invierno más duras y complicadas, pero también de las más interesantes.

En sus inicios, la concentración noruega reunía a alrededor de 50 moteros, pero en las últimas ediciones la participación ha llegado hasta las 200 personas. Este dato contrasta enormemente con los de otras concentraciones que se celebran en el continente europeo a lo largo del año y que consiguen reunir a miles de aficionados a las motos. Sin embargo, por ese mismo motivo se considera un evento especial y más purista.

Krystalrallie

La primera edición se celebró en el año 1970 en la ciudad de Femundsenden (cerca de la frontera con Suecia), y fue impulsada por el noruego Morten Mager, quien quería tener una versión de la famosa Elefantentreffen (celebrada en Alemania) (link) en su propio país. Comenzó como un rally en el que los participantes llegaban desde diferentes puntos de salida, y acababan en el mismo lugar, que servía de punto de reunión y celebración. A pesar de concebirse en un principio como un evento puntual, a partir de ese momento se fue celebrando anualmente, y pasó por diversas ciudades de Noruega como Savalen, Rondane, Spidsbergseter o Beitostølen. Sin embargo, en el año 1974 la cita tuvo que ser cancelada debido a la dureza de la crisis del petróleo. No fue hasta dos años después que Kristal Rally volvió a ser celebrado como en sus orígenes, siendo organizado en dicha ocasión por el motero Leif Arnesen.

La dureza de esta concentración hace que la mayoría de los que se animan a participar vayan en sidecar, siendo solo unos pocos valientes los que van en moto y equipados, preferiblemente, con neumáticos de invierno con clavos. Por ello, se ha convertido en una concentración de referencia para los conductores de sidecars. Los más atrevidos, además, se alojan en tiendas de campaña, mientras que el resto optan por cabañas o apartamentos.

La dura climatología, el estado de las carreteras y un número de asistentes no muy alto hacen de este evento las delicias de los moteros, pero pocos son los que se atreven a desafiar al frío invierno del país nórdico. ¿Y tú, has sido uno de ellos? Cuéntanos tu experiencia. 🙂

Cómo deslimitar tu moto

En anteriores posts hemos hablado del carnet A2 y de la normativa que lo regula, así como de la necesidad de instalar un kit de limitación en aquellas motos que superen los 35 kW de serie. Sabrás entonces, que tras dos años con el carnet A2, ya puedes optar a realizar un curso de formación en una autoescuela (que consiste en una parte teórica y en otra práctica) que te permitirá obtener el permiso A. Con este carnet, ya no será necesario que lleves tu moto limitada ni que cumpla otros requisitos que sí son aplicables para los conductores con el A2.

Por tanto, después de dos años con tu moto limitada, ha llegado el esperado momento de poder quitarle el kit de limitación y disfrutar de su potencia completa. Pero, ¿sabes qué proceso se ha de seguir para deslimitar una moto? ¿Puedes simplemente quitar el limitador tú mismo? ¿Tienes que ir a la ITV o un taller? A continuación, te explicamos en qué consiste la deslimitación de potencia y los pasos a seguir:

En primer lugar, debemos saber cuál es la definición legal de deslimitación o restitución. Según el Manual de Reformas de Vehículos, ésta consiste en restablecer la potencia de la moto a los valores anteriores a la limitación, y luego legalizarla ante la ITV. Pasar la ITV es obligatorio tras desmontar el limitador de potencia, para que así todos los datos incluidos en la ficha técnica se correspondan con las prestaciones indicadas por el fabricante.

La potencia se restablece desmontando, evidentemente, el dispositivo limitador. Esta tarea no puede ser llevada a cabo por un particular, sino que debe ser realizada obligatoriamente por un taller de motos, que además debe rellenar un certificado de deslimitación de la moto. Este certificado se debe presentar en la ITV, donde harán la anotación que corresponda en la ficha técnica o tarjeta de ITV y que servirá para confirmar que esa moto ha sido deslimitada.

Desde Junio del año 2012, no es exigible presentar un informe de conformidad para las deslimitaciones en motos Euro 3 (algo que sí se exige para las limitaciones y, por tanto, muchos talleres y usuarios piensan que también aplica en el caso de restitución de potencia). Por lo que, el conductor sólo necesitará presentar el certificado de taller, lo que abarata el proceso y lo hace mucho más cómodo.

Ejemplo de ficha técnica deslimitada

Ejemplo de ficha técnica de una moto que fue limitada a 25 kW con la anterior normativa, y posteriormente deslimitada, restableciendo así la potencia a sus características originales.

Es también importante no confundir el concepto ‘deslimitar’ con convertir una moto a versión fullpower. Tal y como se ha comentado, deslimitar consiste en quitar la limitación de potencia para volver a la potencia original de la moto. Pero, convertir una moto que de origen es a 25 o 35 kW a una variante y versión fullpower supone un proceso diferente en el que se necesita obtener un certificado del fabricante de la moto en España, una gestión que se debe tramitar a través de un concesionario oficial de la marca y no a través de empresas que homologan y fabrican kits de limitación, puesto que no es de su competencia. Por ejemplo: una Suzuki GSF650, variante 2 versión 1, tipo WVCZ, cuya versión de fábrica es de 25 kW. Para pasarla a su versión fullpower (62,5 kW), debe pasar a ser variante 1, versión 1.

En definitiva, deslimitar una moto es un proceso sencillo que únicamente exige:

1.- Ir a un taller autorizado para desinstalar el limitador de potencia y que emita el Certificado de Taller.
2.- Llevar la moto a la ITV, junto con la documentación necesaria: ficha técnica, permiso de circulación y certificado de taller.

 

Limitadores de potencia a 25 kW: ¿Válidos para el carnet A2?

Seguro que si tienes el carnet A2 y has comprado un limitador de potencia para tu moto o estás a punto de hacerlo, te habrás dado cuenta de que, en ocasiones, para algunos modelos existen limitadores de potencia tanto a 35 kW como a 25 kW. ¿Por qué, si la normativa habla de una potencia máxima de 35 kW y la mayoría de kits de limitación son a esta potencia? Para responder tus dudas, vamos a analizar la normativa actual. Pero, has de tener en cuenta en todo momento que las normativas afectan más al carnet de moto de conducir que tengas que a la moto que conduzcas o quieras conducir.

En primer lugar, debemos hablar de la Directiva 2006/126/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre de 2006 sobre el Permiso de Conducción, y del Real Decreto 818/2009 que lo traspone a la legislación española (ver página Legislación) y que regulan el permiso A2. Se define de la siguiente manera: “para motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y una relación potencia/peso máxima de 0,2 kW/Kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.“ Es decir, la potencia máxima para limitar una moto es de 35 kW (por lo cual también son válidos kits a otras potencias que no superen los 35). Eso sí, siempre y cuando la potencia de origen de la moto no supere los 70 KW (“no derivadas de un vehículo de más del doble de su potencia”.) Es decir, si tienes el carnet A2 y tu moto tiene una potencia de origen superior a los 70, no es una moto limitable. Para más información, lee nuestro post Conducir motos con el carnet A2: qué debes saber.

Por ello, para algunas motos que no superan los 50 kW de potencia existen kits a 25, ya que 50 es justo el doble de 25, por lo cual, se cumple el requisito del doble de la potencia. Una moto con 60 kW de serie no se debería limitar con un kit a 25 kW para un conductor con el permiso A2, puesto que se estaría incumpliendo la normativa (60 es más del doble de 25). Pero, ¿por qué existen entonces esos kits a 25 que hacen que tu moto tenga una potencia inferior de la permitida por ley? En primer lugar, porque al estar homologados por el Ministerio de Industria como Conjuntos Funcionales por cumplir con todas las normativas que les son de aplicación, son totalmente válidos y legales. Por otro lado, muchos conductores valoran que su moto tenga la potencia máxima posible dentro del cumplimiento de la ley, pero existen otros muchos que no tienen tan en cuenta este aspecto. Además, debes saber que la anterior normativa, vigente desde 1997 hasta 2009, establecía que las motos debían limitarse a 25 kW, permitiendo limitar todas aquellas motos de hasta 100 KW. Por tanto, ¿actualmente es legal un kit de limitación a 25 KW? Si se trata de un limitador homologado y aprobado por el Ministerio de Industria, por supuesto. Debes recordar que no se trata tanto del kit, sino de que tú conduzcas una moto con las características acorde a tu carnet.

Se debe tener también en cuenta que no porque una moto fuera limitada con anterioridad a la legislación actual se le pueda aplicar la anterior normativa, y por ende un conductor con el A2 quede automáticamente autorizado a conducirla. Sea cual sea su año de matriculación y/o en el que se instalara el kit de limitación, ha de aplicarse la normativa actual con los requisitos establecidos para el A2.

Limitador de potencia

Pongamos un ejemplo: una misma moto, como puede ser la Kawasaki Z750, con un limitador de potencia a 25 kW. Un conductor con el carnet A va completamente legal con ella, puesto que su carnet le permite conducir motos de cualquier potencia, incluso estando limitadas. Sin embargo, un motero con el permiso A2 no iría acorde a la ley, ya que ese modelo supera los 50  kW de potencia y así, no estaría el conductor (que no la moto limitada) cumpliendo con la vigente normativa. En resumen, lo que provoca el incumplimiento de la ley es el hecho de que un conductor con el A2 conduzca una moto con unas prestaciones para las que no está autorizado.

Y seguro que te preguntarás, ¿por qué alguien con el permiso A querría limitar su moto? Puede haber motivos diversos: por un lado, existen conductores que han podido estar una larga temporada sin conducir una moto y por miedo o respeto deciden limitar su potencia para ir re-adaptándose poco a poco a ella. En otros casos porque la moto es compartida por un usuario con el A y otro con el A2. Son situaciones más habituales de lo que parece.

Lo recomendable es instalar un limitador de potencia en una moto limitable para la que exista un limitador homologado. Ahora bien, si por cualquier motivo se adquiere una moto no limitable (que supera los 70 kW de serie), como último recurso, es mejor instalar el limitador a 25 kW que conducir la moto sin ningún tipo de limitación. Aunque no es lo adecuado, el limitador a 25 kW al menos cumple con la función de adquirir experiencia y no superar los 35 kW ni la relación potencia/peso, lo que podría servir como atenuante en caso de conflicto con alguna autoridad. Pero conducir sin limitador supone un riesgo para la propia integridad física del conductor y otros usuarios de las vías públicas, y podría llegar a suponer un delito tipificado en el artículo 384 del Código Penal, que se castiga con pena de prisión de tres a seis meses, con una multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

En definitiva, son válidos para el A2 todos aquellos kits a 35 y 25 kW (en ocasiones existen incluso a otras potencias, como a 32, 31 kW, etc) siempre y cuando no se supere la relación potencia/peso, que el doble de la potencia limitada no supere a la de origen y la potencia original de la moto no esté por encima de los 70 kW. Aún así, si estás pensado en comprar una moto, te recomendamos que primero compruebes que existe un kit de limitación válido para el permiso A2 para esa marca y modelo: puedes encontrarlo en Atimpex.

Para cualquier duda sobre este tema u otros relacionados con las limitaciones de potencia, no dudes en dejarnos un comentario en el blog o escribirnos a info@motoslimitables.com.