{"id":93,"date":"2016-05-03T11:06:13","date_gmt":"2016-05-03T11:06:13","guid":{"rendered":"http:\/\/motoslimitables.com\/blog\/?p=93"},"modified":"2018-10-18T11:32:38","modified_gmt":"2018-10-18T09:32:38","slug":"kits-de-limitacion-a-25-kw-validos-para-el-carnet-a2","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/kits-de-limitacion-a-25-kw-validos-para-el-carnet-a2\/","title":{"rendered":"Limitadores de potencia a 25 kW: \u00bfV\u00e1lidos para el carnet A2?"},"content":{"rendered":"<p>Seguro que si tienes el carnet A2 y has comprado un limitador de potencia para tu moto o est\u00e1s a punto de hacerlo, te habr\u00e1s dado cuenta de que, en ocasiones, para algunos modelos existen limitadores de potencia tanto a 35 kW como a 25 kW. \u00bfPor qu\u00e9, si la normativa habla de una potencia m\u00e1xima de 35 kW y la mayor\u00eda de kits de limitaci\u00f3n son a esta potencia? Para responder tus dudas, vamos a analizar la normativa actual. Pero, has de tener en cuenta en todo momento que las normativas afectan m\u00e1s al carnet de moto de conducir que tengas que a la moto que conduzcas o quieras conducir.<\/p>\n<p>En primer lugar, debemos hablar de la <strong>Directiva 2006\/126\/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre de 2006 sobre el Permiso de Conducci\u00f3n,<\/strong> y del Real Decreto 818\/2009 que lo traspone a la legislaci\u00f3n espa\u00f1ola (ver p\u00e1gina <a href=\"http:\/\/motoslimitables.com\/legislacion.php\">Legislaci\u00f3n<\/a>) y que regulan el permiso A2. Se define de la siguiente manera: \u201cpara motocicletas con una potencia m\u00e1xima de 35 kW y una relaci\u00f3n potencia\/peso m\u00e1xima de 0,2 kW\/Kg y no derivadas de un veh\u00edculo con m\u00e1s del doble de su potencia.\u201c Es decir, la potencia m\u00e1xima para limitar una moto es de 35 kW (por lo cual tambi\u00e9n son v\u00e1lidos kits a otras potencias que no superen los 35). Eso s\u00ed, siempre y cuando la potencia de origen de la moto no supere los 70 KW (\u201cno derivadas de un veh\u00edculo de m\u00e1s del doble de su potencia\u201d.) Es decir, <strong>si tienes el carnet A2 y tu moto tiene una potencia de origen superior a los 70, no es una moto limitable<\/strong>. Para m\u00e1s informaci\u00f3n, lee nuestro post<a href=\"http:\/\/bit.ly\/1V8RXxS\"> Conducir motos con el carnet A2: qu\u00e9 debes saber<\/a>.<\/p>\n<p>Por ello, para algunas motos que no superan los 50 kW de potencia existen kits a 25, ya que 50 es justo el doble de 25, por lo cual, se cumple el requisito del doble de la potencia. Una moto con 60 kW de serie no se deber\u00eda limitar con un kit a 25 kW para un conductor con el permiso A2, puesto que se estar\u00eda incumpliendo la normativa (60 es m\u00e1s del doble de 25). Pero, \u00bfpor qu\u00e9 existen entonces esos kits a 25 que hacen que tu moto tenga una potencia inferior de la permitida por ley? En primer lugar, porque al estar homologados por el Ministerio de Industria como Conjuntos Funcionales por cumplir con todas las normativas que les son de aplicaci\u00f3n, <strong>son totalmente v\u00e1lidos y legales<\/strong>. Por otro lado, muchos conductores valoran que su moto tenga la potencia m\u00e1xima posible dentro del cumplimiento de la ley, pero existen otros muchos que no tienen tan en cuenta este aspecto. Adem\u00e1s, debes saber que la anterior normativa, vigente desde 1997 hasta 2009, establec\u00eda que las motos deb\u00edan limitarse a 25 kW, permitiendo limitar todas aquellas motos de hasta 100 KW. Por tanto, \u00bfactualmente es legal un kit de limitaci\u00f3n a 25 KW? Si se trata de un limitador homologado y aprobado por el Ministerio de Industria, por supuesto. <strong>Debes recordar que no se trata tanto del kit, sino de que t\u00fa conduzcas una moto con las caracter\u00edsticas acorde a tu carnet.<\/strong><\/p>\n<p>Se debe tener tambi\u00e9n en cuenta que no porque una moto fuera limitada con anterioridad a la legislaci\u00f3n actual se le pueda aplicar la anterior normativa, y por ende un conductor con el A2 quede autom\u00e1ticamente autorizado a conducirla. Sea cual sea su a\u00f1o de matriculaci\u00f3n y\/o en el que se instalara el kit de limitaci\u00f3n, <a href=\"https:\/\/www.motoslimitables.com\/permiso-a2.php\">ha de aplicarse la normativa actual con los requisitos establecidos para el A2.<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter wp-image-96\" src=\"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-content\/uploads\/2016\/05\/H-RC43-00-e1463129628869.jpg\" alt=\"Limitador de potencia\" width=\"381\" height=\"288\" \/><\/p>\n<p>Pongamos un ejemplo: una misma moto, como puede ser la Kawasaki Z750, con un limitador de potencia a 25 kW. Un conductor con el carnet A va completamente legal con ella, puesto que su carnet le permite conducir motos de cualquier potencia, incluso estando limitadas. Sin embargo, un motero con el permiso A2 no ir\u00eda acorde a la ley, ya que ese modelo supera los 50 \u00a0kW de potencia y as\u00ed, no estar\u00eda el conductor (que no la moto limitada) cumpliendo con la vigente normativa. En resumen, lo que provoca el incumplimiento de la ley es el hecho de que un conductor con el A2 conduzca una moto con unas prestaciones para las que no est\u00e1 autorizado.<\/p>\n<p>Y seguro que te preguntar\u00e1s, <strong>\u00bfpor qu\u00e9 alguien con el permiso A querr\u00eda limitar su moto?<\/strong> Puede haber motivos diversos: por un lado, existen conductores que han podido estar una larga temporada sin conducir una moto y por miedo o respeto deciden limitar su potencia para ir re-adapt\u00e1ndose poco a poco a ella. En otros casos porque la moto es compartida por un usuario con el A y otro con el A2. Son situaciones m\u00e1s habituales de lo que parece.<\/p>\n<p>Lo recomendable es <strong>instalar un limitador de potencia en una moto limitable para la que exista un limitador homologado<\/strong>. Ahora bien, si por cualquier motivo se adquiere una moto no limitable (que supera los 70 kW de serie), como \u00faltimo recurso, es mejor instalar el limitador a 25 kW que conducir la moto sin ning\u00fan tipo de limitaci\u00f3n. Aunque no es lo adecuado, el limitador a 25 kW al menos cumple con la funci\u00f3n de adquirir experiencia y no superar los 35 kW ni la relaci\u00f3n potencia\/peso, lo que podr\u00eda servir como <strong>atenuante<\/strong> en caso de conflicto con alguna autoridad. Pero conducir sin limitador supone un riesgo para la propia integridad f\u00edsica del conductor y otros usuarios de las v\u00edas p\u00fablicas, y podr\u00eda llegar a suponer un delito tipificado en el <strong>art\u00edculo 384 del C\u00f3digo Penal<\/strong>, que se castiga con pena de prisi\u00f3n de tres a seis meses, con una multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa d\u00edas.<\/p>\n<p>En definitiva, son v\u00e1lidos para el A2 todos aquellos kits a 35 y 25 kW (en ocasiones existen incluso a otras potencias, como a 32, 31 kW, etc) siempre y cuando no se supere la relaci\u00f3n potencia\/peso, que el doble de la potencia limitada no supere a la de origen y la potencia original de la moto no est\u00e9 por encima de los 70 kW. A\u00fan as\u00ed, si est\u00e1s pensado en comprar una moto, te recomendamos que primero compruebes que existe un kit de limitaci\u00f3n v\u00e1lido para el permiso A2 para esa marca y modelo: puedes encontrarlo en <a href=\"http:\/\/www.atimpex.com\">Atimpex<\/a>.<\/p>\n<p>Para cualquier duda sobre este tema u otros relacionados con las limitaciones de potencia, no dudes en dejarnos un comentario en el blog o escribirnos a <a href=\"mailto:info@motoslimitables.com\">info@motoslimitables.com<\/a>.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Seguro que si tienes el carnet A2 y has comprado un limitador de potencia para tu moto o est\u00e1s a punto de hacerlo, te habr\u00e1s dado cuenta de que, en ocasiones, para algunos modelos existen limitadores de potencia tanto a &hellip; <a href=\"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/kits-de-limitacion-a-25-kw-validos-para-el-carnet-a2\/\">Sigue leyendo <span class=\"meta-nav\">&rarr;<\/span><\/a><\/p>\n","protected":false},"author":4,"featured_media":96,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[8],"tags":[17,60,58,59,18,61,14,105,13,62],"class_list":["post-93","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-limitacion-deslimitacion","tag-carnet-a2","tag-kits-35-kw","tag-kits-de-limitacion","tag-limitacion-25-kw-a2","tag-limitacion-de-potencia","tag-limitar-moto-a-25-kw","tag-motos","tag-motos-a2","tag-motos-limitables","tag-motos-limitables-a2"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/93","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/users\/4"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=93"}],"version-history":[{"count":18,"href":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/93\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":440,"href":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/93\/revisions\/440"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media\/96"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=93"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=93"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=93"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}