{"id":407,"date":"2018-05-31T10:06:35","date_gmt":"2018-05-31T08:06:35","guid":{"rendered":"http:\/\/motoslimitables.com\/blog\/?p=407"},"modified":"2018-06-19T13:29:32","modified_gmt":"2018-06-19T11:29:32","slug":"hay-limitadores-de-potencia-para-todas-las-motos-de-menos-de-70-kw","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/hay-limitadores-de-potencia-para-todas-las-motos-de-menos-de-70-kw\/","title":{"rendered":"\u00bfHay limitadores de potencia para todas las motos de menos de 70 kW?"},"content":{"rendered":"<h4>Muchos moteros, una vez aprueban y obtienen el carnet A2, deciden comprarse una moto y despu\u00e9s buscar d\u00f3nde adquirir el kit de limitaci\u00f3n de potencia para adecuarse a la normativa del permiso A2. Recordemos que, el <a href=\"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/conducir-motos-con-el-carnet-a2-que-debes-saber\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">vigente Reglamento General de Conductores autoriza a conducir motocicletas con una potencia m\u00e1xima de 35 kW y una relaci\u00f3n potencia\/peso m\u00e1xima de 0,2 kW\/kg y no derivadas de un veh\u00edculo con m\u00e1s del doble de su potencia, tal y como hemos explicado en posts anteriores.<\/a><\/h4>\n<h4>Sin embargo, esto es un gran fallo: se debe comprobar previamente que exista kit de limitaci\u00f3n para la moto que se quiere. Esto se debe a que, a pesar de que la moto cumpla con todos los requisitos para poder ser limitada para el permiso A2, no para todas existe un limitador de potencia. Normalmente, existen para los modelos m\u00e1s populares y vendidos, pero para aquellos menos conocidos es posible que no exista un kit homologado.<\/h4>\n<p>Por ejemplo, los criterios que sigue <a href=\"http:\/\/atimpex.com\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Atimpex<\/a> para decidir hacer una limitaci\u00f3n para el permiso A2 son los siguientes:<\/p>\n<p><strong>A) Antig\u00fcedad:<\/strong> En el mercado espa\u00f1ol hay un n\u00famero importante de modelos de motos para las cuales nunca existieron kits de limitaci\u00f3n oficiales (es decir, de la propia casa), pero que en la actualidad tienen una gran demanda. Por ejemplo, la BMW K75, Kawasaki ZR-7 o la Suzuki GSX600F.<\/p>\n<p><strong>B) Cilindrada:<\/strong> Por el mero hecho de superar ciertas cilindradas, independientemente de su potencia, a los importadores oficiales de las respectivas marcas no les resulta interesante su comercializaci\u00f3n. Es el caso de la KAWASAKI VN-1600 CL o Yamaha XVS1100A, por ejemplo.<\/p>\n<p><strong>C) Procedencia:<\/strong> Hay muchas motos que no han sido introducidas en Espa\u00f1a a trav\u00e9s del importador oficial. Es el caso m\u00e1s frecuente de las motos adquiridas en la Uni\u00f3n Europea directamente por cualquier particular o bien a trav\u00e9s de distribuidores, como pueden ser la Aprilia DORSODURO 750 o la Suzuki VL800.<\/p>\n<p><strong>D) Modelos actuales:<\/strong> Aquellos modelos que se venden\u00a0 actualmente como\u00a0 la Honda CRF1000 Euro 4 o la TRIUMPH Street Twin .<\/p>\n<p><strong>E) Para las que existiendo kits de limitaci\u00f3n a 25 kW <\/strong>al fabricante no le interesa hacer los de 35 kW. Son los casos de motos como Honda CBF600 o HYOSUNG AQUILA.<\/p>\n<p><strong>F) Para las que el fabricante decide no fabricar kit,<\/strong> como es el caso de la Suzuki AN650A o la HONDA CBR650FA.<\/p>\n<p>Recuerda tambi\u00e9n, como hemos comentado en anteriores ocasiones, que a<a href=\"https:\/\/motoslimitables.com\/blog\/kits-de-limitacion-a-25-kw-validos-para-el-carnet-a2\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">unque exista un kit a 25 kW puede no ser v\u00e1lido para el A2: s\u00f3lo lo es en aquellos casos en los que la moto no supere los 50 kW de serie.<\/a><\/p>\n<p>Por otro lado, en algunos casos existen motos en cuyas fichas t\u00e9cnicas se indica que se superan los 70 kW (70\u201905 o 71 kW, por ejemplo, cifras muy ajustadas al m\u00e1ximo) de serie pero, sin embargo, la moto no los supera realmente. \u00bfPodr\u00edan limitarse para el carnet A2? La respuesta es no, ya que la potencia que sirve como referencia es la que indica el propio fabricante de la moto en la ficha t\u00e9cnica o en la tarjeta de la ITV.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, se debe tener claro el siguiente concepto: se puede limitar cualquier moto, es posible y completamente legal siempre que el limitador est\u00e9 homologado; otra cosa es que esa moto con ese limitador no se pueda conducir con el permiso A2. Por tanto, <strong>se pueden limitar aquellas motos que superen los 70 kW de serie, aunque al no estar destinadas para el A2 no existe kit de limitaci\u00f3n en el mercado. \u00a0\u00a0\u00a0<\/strong><\/p>\n<p>Por ejemplo, una persona con el permiso A que tiene una HONDA CBR1000RR de 126 kW (171 cv) y que piense que la potencia de la misma es demasiado alta, podr\u00eda voluntariamente hacer una limitaci\u00f3n espec\u00edfica a 80 kW.<\/p>\n<p>Sin embargo, un conductor con el permiso A2, por la propia exigencia legal, est\u00e1 condicionado a aquellas motos que no superen los 70kW de serie y no podr\u00eda conducir esa misma moto, aunque estuviera limitada.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Muchos moteros, una vez aprueban y obtienen el carnet A2, deciden comprarse una moto y despu\u00e9s buscar d\u00f3nde adquirir el kit de limitaci\u00f3n de potencia para adecuarse a la normativa del permiso A2. 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